Introducción:

Si tienes personas trabajando a tu cargo, es importante que sepas que el alta patronal ante el IMSS es un requisito importante con el que debes de cumplir. Contar con este registro puede traer numerosos beneficios tanto para tus trabajadores como para ti como patrón.

¿Qué es el alta Patronal ante el IMSS?

El alta patronal es un registro que se realiza ante el IMSS (Instituto Mexicano del Seguro Social). Es un requisito obligatorio para toda persona física o moral que tenga a su cargo uno o más trabajadores, esto en el marco de la LSS (Ley del Seguro Social).

Este trámite te permite obtener el NRP (Número de Registro Patronal). Mediante una Tarjeta de Identificación Patronal (TIP).

Seguro de Riesgos de Trabajo

Al obtener tu alta patronal se te otorga el seguro de riesgos de trabajo que protege a tus empleados en caso de sufrir algún accidente o enfermedad relacionada con sus funciones laborales y de beneficio a los empleados en enfermedades generales.

Este seguro es financiado por el patrón, la cantidad que se paga dependerá del riesgo de las actividades que realicen sus trabajadores.

Beneficios de contar con el Alta Patronal

Mediante el alta patronal se busca el cumplimiento de las obligaciones laborales de los trabajadores como lo son:

  • Incapacidad por riesgo.
  • Enfermedad o maternidad.
  • Plan de retiro.
  • Créditos para vivienda (INFONAVIT)
  • Indemnización por despido.

En el caso del patrón darse de alta garantiza que esté protegido ante ciertas eventualidades. Por ejemplo, si alguno de sus trabajadores sufre una incapacidad (que no haya sido causada por alguna negligencia laboral), el Seguro Social es quien se hacerse cargo de los gastos médicos y del subsidio por el tiempo que le tome la recuperación. Adicional el patrón puede hacer deducible los pagos de nómina y las cuotas patronales pagadas.

En un caso similar, si el patrón no cuenta con su alta ante el IMSS, se le cobrará el “Capital Constitutivo por Riesgo de Trabajo”, en donde se tendrá que hacer caso de todos los gastos médicos, los de incapacidad, hasta de la pensión en ciertos casos.

Registro y datos que necesitas:

Tienes un plazo de 5 días hábiles a partir de que contratas a tu primer trabajador para realizar tu registro patronal.

Dependiendo de si eres persona física o moral, necesitarás distintos documentos. El trámite puede realizarse en línea a través de la página del IMSS o de manera presencial en la subdelegación que te corresponda.

  1. Personas físicas:

En este caso los documentos que se necesitan son:

  • FIEL (Firma electrónica) si el trámite lo haces en línea.
  • Identificar tu actividad ante el clasificado de Empresas.
  • Comprobante de domicilio.

 

  1. Personas Morales:

Si el trámite es en línea deberás abrir una cuenta en “Escritorio virtual” en la página de Servicios Digitales del IMSS y se necesita:

  • CURP
  • FIEL o firma electrónica.
  • Correo electrónico.

Y otros documentos necesarios:

  • Comprobante de domicilio del centro de trabajo.
  • Primera y última hoja del poder notarial para actos de dominio, de administración o poder especial, en donde se especifique que puede realizar toda clase de trámites y firmar documentos ante el IMSS; así como la hoja donde aparezca el nombre del representante legal.
  • Primera y última hoja de la escritura pública o acta constitutiva que contenga el sello del Registro Público de la Propiedad y del Comercio, así como la hoja donde aparezca el nombre del representante legal.

¿Registro Patronal o Registros Patronales?

Se puede tener más de un tipo de registro patronal dependiendo de las actividades que realice el patrón y en función del número de sucursales que maneje, siempre y cuando ese sea el caso, sin embargo, también se puede obtener el RPU (Registro Patronal único), que permite el manejo de todas las actividades de sus trabajadores desde un único registro.

¿Tienes registro patronal pero no tienes trabajadores?

En caso de que ya tengas el registro patronal, pero no cuentas con trabajadores activos debes tomar en cuenta lo siguiente:

  • No generes movimientos en el IDSE (IMSS desde su empresa).
  • Puedes solicitar una suspensión temporal en caso de que no planees contratar trabajadores temporalmente.
  • Puedes cancelarlo si ya no lo necesitas, esto en la subdelegación del IMSS correspondiente.

Conclusión

En Viandge queremos brindarte la información y las herramientas para que tu empresa crezca, esperamos que la información referida en este artículo te haya sido útil.

Ahora ya sabes que como patrón darse de alta ante el IMSS es un requisito obligatorio y que puede traerte numerosos beneficios a ti, a tu empresa y a tus trabajadores.

Fuentes: